Oficina de historiales médicos
Calle Main Sur, 3131 (dentro del Colquitt Regional)
- Horario: de 8:30 a 17:00
- Número de teléfono: 229-890-3579
- Número de fax: 229-891-2117
Solicitud de historial médico
Para solicitar copias de la historia clínica, es necesario presentar un formulario de autorización. Tenga en cuenta que, en algunos casos, se cobrará una tarifa por las copias de la historia clínica. El departamento de historia clínica del centro estará encantado de proporcionarle información sobre las tarifas, los plazos de entrega previstos y cualquier otro dato relacionado con su solicitud.
No podemos atender las solicitudes de historiales médicos por correo electrónico ni a través de un formulario en línea. Tenga en cuenta que, si desea obtener copias de la consulta de su médico, deberá presentar una solicitud por separado a cada centro, ya que cada uno de ellos gestiona sus propios historiales médicos de forma independiente.
El formulario de autorización para el acceso a la historia clínica, una vez cumplimentado, puede enviarse por correo, junto con un documento de identidad válido con fotografía, a:
Colquitt Regional Health System
A la atención de: Expedientes médicos
Apartado de correos 40
Moultrie, GA 31776-0040
Solicitud de resultados de pruebas de COVID-19
El portal del paciente es la forma más sencilla de consultar los resultados de las pruebas de COVID. Para registrarse en el portal del paciente, debe tener una dirección de correo electrónico registrada en nuestro sistema y el número de historial médico que se le facilitó en el momento de su visita.
El Departamento de Gestión de la Información Sanitaria solo facilitará los resultados de las pruebas de COVID de la siguiente manera:
- Puede descargar el formulario de autorización para el acceso a la historia clínica en el enlace anterior y enviarlo, junto con una copia de su documento de identidad con fotografía, al Departamento de Gestión de la Información Sanitaria por correo postal o por fax: 229-891-2117
- Si desea recibir los resultados de su prueba de COVID por correo electrónico:
- Aquí puedes enviar un mensaje.
- Debe facilitar la siguiente información: su nombre completo, fecha de nacimiento, los cuatro últimos dígitos de su número de la Seguridad Social y su dirección.
- Te enviaremos el resultado como archivo adjunto en un correo electrónico seguro.
- Si desea que se envíe el resultado a su empresa:
- Aquí puedes enviar un mensaje.
- Debe proporcionar la siguiente información: su nombre completo, fecha de nacimiento, los cuatro últimos dígitos de su número de la Seguridad Social y su dirección
- Debe indicar el nombre de su empresa, el nombre de la persona que recibirá los resultados, así como el número de teléfono y el número de fax de la empresa. Si desea que le enviemos los resultados por correo electrónico, incluya la dirección de correo electrónico corporativa de la persona de contacto.
- Enviaremos los resultados a su empresa por fax o como archivo adjunto en un correo electrónico seguro.
- Si tiene alguna pregunta sobre la información anterior, póngase en contacto con el Departamento de Gestión de la Información Sanitaria llamando al 229-890-3579.
Certificados de nacimiento
Para el registro en el hospital necesitarás una fotografía oficial reciente (documento de identidad) en la que figure tu apellido legal actual (especialmente en el caso de las futuras mamás). Esto es necesario para el historial médico de la madre y el certificado de nacimiento de tu bebé.
Un representante del departamento de historiales médicos deberá entrevistarle para recabar la información necesaria para su presentación ante la Oficina Estatal del Registro Civil.
El hospital entregará a la madre un certificado de nacimiento al recibir el alta, o se lo enviarán por correo. Tenga en cuenta que este documento no es un certificado de nacimiento.
El hospital NO recibe una copia del certificado de nacimiento cumplimentado, pero envía la información a la Oficina Estatal del Registro Civil para que se expida el certificado de nacimiento. Los certificados de nacimiento pueden solicitarse en el Departamento de Salud del condado de Colquitt o en la Oficina Estatal del Registro Civil.
El hospital dispone de cuatro días para completar los datos electrónicos necesarios para presentar el certificado de nacimiento del bebé ante las autoridades estatales. Las autoridades estatales elaborarán el certificado de nacimiento basándose en esta información.
Reconocimiento de paternidad
La declaración de paternidad (PA) es un documento que se utiliza para añadir al padre biológico al registro de nacimiento de un niño.
- Si la madre no está casada, el padre debe estar presente y presentar un documento de identidad con fotografía para que el bebé pueda llevar su apellido y su nombre figure en el certificado de nacimiento.
- Para cumplimentar el formulario de reconocimiento de paternidad es necesaria la presencia de un notario. El hospital suele contar con un notario disponible de lunes a viernes, de 8:00 a 9:00, o bien puede haber uno disponible en el servicio de obstetricia.
- Si la madre o el padre son menores de 18 años, deberá estar presente también un progenitor o tutor de cada uno de ellos para firmar.
- Si el padre no puede estar presente cuando hay un notario disponible, el reconocimiento de paternidad puede formalizarse en el departamento de salud en una fecha posterior.
- Si la madre está casada con el padre del bebé, no es necesario que el padre esté presente para rellenar el certificado de nacimiento. Sin embargo, la madre deberá conocer todos los datos del padre.
- Si la madre está casada y no ha cambiado su apellido, se necesitará un certificado de matrimonio para que el bebé tenga un apellido distinto al que figura en el registro de la madre.
- Si la madre está casada o ha estado casada en los últimos 10 meses con otra persona que no sea el padre, el nombre del padre no podrá figurar en el certificado de nacimiento en el momento del nacimiento.
- Ten en cuenta que las parejas que se encuentran legalmente separadas se consideran CASADAS a efectos legales.
LEY DEL ESTADO DE GEORGIA: INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTOS 31-10-9
La legislación del estado de Georgia establece que, si la madre está casada en el momento de la concepción o del parto, se presume que el marido es el padre del bebé. No es necesario que figure el nombre del marido, pero tampoco puede figurar el de ninguna otra persona. Lamentablemente, será necesario obtener una resolución judicial y presentarla en el departamento de salud para que se envíe a Atlanta y se puedan realizar esos cambios.